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Mostrando las entradas de mayo, 2017

Nuevo Monto Cestaticket Socialista

En Gaceta Oficial Nº 6.296 Extraordinario de  fecha 2 de mayo de 2017, fue publicado el Decreto Nº 2.833 del 01/05/2017, mediante el cual se ajustó la base de cálculo del cestaticket socialista a  quince Unidades Tributarias (15 U.T) por día , por lo que el cestaticket socialista quedará en un monto establecido en  ciento treinta y cinco mil  (Bs. 135.000)  para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado en todo el territorio nacional y de carácter obligatorio. Según  el  artículo 1 ,  el máximo a percibir será el equivalente a cuatrocientas cincuenta unidades tributarias (450 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista. (*) Los empleadores del sector privado, pagarán a cada uno de sus trabajadores en efectivo o mediante abono en su cuenta nómina el monto por concepto de Cestatickets al que se refiere el  artículo 1 ; el mismo deberá estar expresado en el recibo de pag

Aumento de Salario minimo 01-05-2017

En Gaceta Oficial Nº 6.296 Extraordinario de  fecha 2 de mayo de 2017, fue publicado el Decreto Nº 2.832 del 01/05/2017, mediante el cual se fijó un aumento del sesenta por ciento (60%) del salario mínimo mensual obligatorio en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, a partir del 01 de mayo de 2017. Según lo establecido con el  artículo 1 ,  el salario mínimo mensual quedará establecido en la cantidad de  sesenta y cinco mil veintiuno bolívares con cuatro céntimos (Bs. 65.021,04) , el cual representa un aumento del sesenta por ciento (60%). Para el caso de los adolescentes aprendices, de conformidad con lo previsto en el  Capítulo II del Título V de la Ley Orgánica del Trabajo , se fija un aumento del salario mínimo mensual pagando la cantidad de  cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta y cuatro bolívares con noventa y seis céntimos   (Bs. 48.354,96)  mensuales, según lo establecido con el  artículo 2 ; sin embargo